Primera. Bajo cada dominio el estado es civil.
Segunda. El cuerpo entero sujeto a un dominio se llama mancomunidad (Commonwealth).
Tercera. Los asuntos generales de un dominio se llaman asuntos de estado (Affairs of State).
Cuarta. Ciudadanos (Citizens) se llaman los que gozan por medio de la ley civil todas las ventajas de la mancomunidad.
Quinta. Sujetos (Subjects) son los que están limitados a obeceder las ordenanzas o leyes.
Sexta. Hay tres tipos de estado civil: la democracia, la aristocracia y la monarquía.
2) El derecho de las autoridades supremas es, según Espinosa, un simple derecho natural, limitado por el poder de la multitud, que es guiado por una sola mente.
3) Espinosa no concibe que por algún medio cada ciudadano, por la ordenanza de la mancomunidad, debería vivir según su propia mente. Para Espinosa el derecho natural de ser el juez de uno mismo cesa en el estado civil, al menos en el papel- según la ordenanza de la mancomunidad- (302). Espinosa aclara que el cumplimiento de tal deber no es necesario, ya que el hombre actúa, estando o no en un estado civil, según las leyes de su propia naturaleza, y consulta su propio interés. Pero al sujeto, el que debe obedecer las ordenanzas de la mancomunidad, interesa su seguridad y su propio interés, así que por miedo o por esperanza, lo pensará dos veces antes de resolver ser el juez de sí mismo en un estado civil.
4) A Espinosa le parece inconcebible que a cada ciudadano se le permitiera interpretar los decretos de la mancomunidad.'
5) Entonces concluye Espinosa que cada ciudadano depende de la mancomunidad, en el sentido de que él está limitado a ejecutar los comandos de la mancomunidad y de que él no tiene derecho a decidir lo que es equitativo o inequitativo, justo o injusto. El ciudadano en este sentido es el que está subordinado a las decisiones de la mancomunidad, que son hechas por una sola mente.
6) Entonces, Espinosa previene que pueda serle objetado que el estado civil es repugnante para la razón, puesto que pudiera parecer contrario a los dictados de la razón el sujetarse enteramente al juicio de otro. Espinosa sale al paso y dice que la razón no puede enseñar nada contrario a la naturaleza, por lo que no puede dictar que cada individuo deba permanecer en un estado independiente, mientras los hombres sean propensos a sus pasiones. Según Espinosa, la razón enseña a buscar la paz y ésta únicamente se puede manter si las leyes de la mancomunidad permanecen inquebrantables. Espinosa, en síntesis, responde que un hombre cuanto más libre, tanto más se subordina a la mancomunidad, para ejecutar los comandos de la autoridad suprema, porque está conciente de que lo repugnate, que le pudiera parecer a la razón la ordenanza de la mancomunidad, estaría más que compensada por el bien que deriva de la exitencia de un estado civil. Pero Espinosa se presta a hacer una serie, a mi juicio, de aclaraciones.
7) En primer lugar, el derecho de la mancomunidad a ser determinado por el poder de la multitud, guiado por una sola mente, debe presuponer que la mancomunidad persigue un fin conforme con la razón.
8) Además, en segundo lugar, los sujetos dependen de la mancomunidad, porque les parece racional subordinarse a ella, como temen en su poder o en sus amenazas, o como aman el estado civil. Por lo que, no pudiendo ser la mancomunidad irracional, hay cosas a las que la mancomunidad no puede por derecho inducir por medio de penas y recompensas, como obligar a un hombre a creer en algo u obligarlo a amar al que odia u obligarlo a odiar al que ame u obligarlo a torturarse u obligarlo a asesinar a sus padres, etc.
9) En tercer lugar, las cosas que no están dentro del derecho de la mancomunidad son las que causan indignación a la mayoria (305), etc.
10) Entonces Espinosa sale al paso, por segunda vez, para resolver una pregunta comúnmente evocada acerca de la religión (a question commonly mooted about religion), a saber: "Do not the civil state, and the obedience of subjects, such as we have shown is required in the civil state, do away with religion, whereby we are bound to worship God?" (305). Traducción: ¿acaso no el estado civil, y la obediencia de los sujetos, como hemos mostrado es requerida en el estado civil, evitan la religión, en virtud de la cual estamos sometidos al culto de Dios? Espinosa responde que la mente es dependiente en sí misma, por lo que el conocimiento verdadero y el amor a Dios no puede sujetarse al dominio de ninguno; ni deba darse una importancia tal a los ritos externos, no pudiendo alterar el verdadero conocimiento sobre Dios, que se les pueda llegar a considerar como generadores de disturbios de la paz pública y de la tranquilidad; ni deba creer alguien que tiene autoridad para deshacer los espíritus impuros o hacer milagros, como creyéndose un discipulo de Cristo. Espinosa concluye que cualquiera puede venerar (worship; 306) a Dios con verdadera religión, y con mente en sus propios asuntos, como es el deber de un hombre privado (a private man; 306), dejando el cuidado de la propagación de la religión a Dios, o a las autoridades supremas.
11) Espinosa entonces explicará otra propiedad del estado civil: el derecho de las autoridades supremas contra el mundo en general. La mancomunidad, a diferencia del estado de naturaleza, puede proporcionar prevenir la opresión del uno contra el otro.
12) La independencia de una mancomunidad varía según pueda planear y proporcioanar ayuda contra la opresión. Una mancomunidad es dependiente de otra si teme del poder de otra, o si es obstaculizada por otra, o si necesita ayuda para su preservación o crecimiento.
13) Según Espinosa, dos mancomunidades son naturalmente enemigas, ya que cada mancomunidad puede llevar a cabo legalmente el intento de hacer la guerra contra otra. Pero, en lo concierniente a la paz, cada mancomunidad no depende de sí misma, como sí en lo concierniente al a guerra, sino de si misma y al menos de otra, en cuyo caso ella y la otra, o ella y las otras mancomunidades, se llamarán, según Espinosa, "contracting powers" (307) o partes constratantes.
14) El contrato entre mancomunidades permanece, mientras subsistan los motivos que le dieron origen: el miedo al daño (fear of hurt) o la esperanza de beneficios (hope of gain). El vínculo se puede disolver si algún motivo deja de permancer. Cada mancomunidad tiene el derecho de romper su contrato, cuando quiera, ya que las partes contratantes retienen el derecho de consultar con su propio interés, y de actuar conforme a tal consulta.
15) A las mancomunidades pactantes les corresponde decidir sobre las preguntas evocadas en relación con las reglas sobre la paz. El estado de guerra derivará de no concordar las mancomunidades pactantes.
16) Cuanto mayor numero de mancomunidades hayan convenido un tratado de paz, tanto menos tendrá cada una la autoridad y la independencia para hacer la guerra y tanto más el cuidado para con las condiciones de la paz.
17) Y la buena fe no puede anularse, por lo que ninguna autoridad suprema está en la obligación de mantener su palabra sin poderla quebrantar condicionalmente. Deberá quebrantar la promesa hecha, la suprema autoridad que llegara a creer que la continuidad de su promesa fuera en detrimento del bienestar de sus sujetos.
18) Que es de universal aplicación, como la demostración procede de la necesidad de la naturaleza humana.
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