.

1. Vida y filosofía de Benedicto de Espinosa
Leer libro de Frederick Pollock
Leer comentarios propios: I, II (incompleto)

2. Tractatus theologico-politicus de Espinosa.

3. Comunidades imaginadas. Reflexiones sobre el orígen y la difusión del nacionalismo de Benedict Anderson. Leer resumen del capítulo III. Reseña sobre el capítulo III.

4. Gramática castellana de Nebrija. Leer libro. Leer resumen del prólogo (incompleto).

5. Observaciones sobre algunos ensayos del profesor Carlos B. Gutiérrez. Sobre Neokantianismo y fenomenología en el inicio de la filosofía de Heidegger. Sobre La Hermenéutica temprana de Heidegger (incompleto).

5. La estructura de las revoluciones científicas de Thomas S. Kuhn. Leer resumen de la Introducción. (Completo)

6. Historieta titulada Humans de William Erwin Eisner. Verla. Leer mis comentarios al respecto (incompleto).

7. De Honda a Cartagena por José María Samper. Leer libro: parte I, II, III, IV, V. Leer mis apuntaciones (incompleto).

8. Ser y tiempo de Martin Heidegger. Leer mis apuntaciones sobre el primer capítulo (incompleto). Leer mis apuntaciones sobre el segundo capítulo (incompleto). Leer el protocolo que hice en relación con una reunión: leerlo. Leer el primer ensayo que hice para la asignatura Heidegger y que fue, posteriormente, calificado por Carlos Bernardo Gutiérrez como excelente: leerlo; y leer el borrador. Anotación sobre el primer parágrafo del primer capítulo, titulada Categorias y Existenciales: leerla. Anotación sobre el segundo parágrafo del primer capítulo, titulada La tarea de la depuración del «sujeto» y la tarea de des-objetivación de las definiciones tradicionales del hombre: leerla. Reflexiones sobre los parágrafos 12-21, que usaré como fundamento para la segunda evaluación: acceder.

9. Mentes, cerebros y programas de John R. Searle. Leer mis primeros comentarios (incompleto). Detallada descripción del experimento mental (Gedankenexperiment) que hizo John Searle en Mentes, Cerebros y Programas: leerla. Introducción al artículo Mentes, Cerebros y Programas: leerla. Otra introducción al texto: leerla. Ponencia definitiva (falta una parte). Réplica de los sistemas (incompleta). Réplica del robot (falta perfeccionar). Réplica de los cerebros. Estructura de la ponencia definitiva. El argumento físico-químico contra el funcionalismo. Ponencia definitiva.

10. ¿Qué se siente ser murciélago? Leer mis comentarios. (Completo)

11. SOPHOCLIS FABVLAE. ΑΝΤΙΓΟΝΗ. Leer en griego. Leer en inglés. Leer versión en griego de Theodore D. Woosley (Boston y Cambridge, 1855). Leer edición crítica en inglés de Martin L. D'Ooge (Ginn & Company, 1884). Leer edición crítica en francés de M. Berger (Librairie Ch. Delagrave, 1897). Ver mi traducción parcial al español.

12. Verdad y método de Hans-Georg Gadamer. Leer mis comentarios. Mi experiencia hermenéutica: I II. Breves comentarios sobre el Principio de la Historia Efectual.

13. La economía devora la política de Rodolfo Arango. Leer.

14. El mito de Descartes de Anthony Kenny. Leer mis comentarios. (Completo)

15. Comentarios sobre
la travesía de Humboldt desde la Esmeralda hasta Angostura. Leer.

16. El Utilitarismo de John Stuart Mill. Leer mis comentarios.

17. Ética demostrada según el orden geométrico de Benedicto de Spinoza. Esquema del libro que nos envió el doctor Jorge Aurelio Díaz (jadiaz9@cable.net.co). Leer mis apuntaciones. Leerla en latín. Leer el TIE en latín. Ponencia de la primera sesión, coponencia, relatoría. Ver mi ponencia; ver el segundo borrador de mi ponencia; ver mi ponencia definitiva. Ver reflexiones preliminares para mi co-ponencia.

18. Concepts of Consciousness de Ned Block. Leer apuntaciones.'

19. El discurso del método de René Descartes. Leer mis apuntaciones.

20. Somme, Doris. Not Just any Narrative: How Romance Can Love Us to Death (en Daniel Balderston. Ed. The Historical Novel in Latin America. Gaithersburg: Hispamérica, 1986. 47-73). Leer mis apuntaciones. Leer mi reseña.

21. Justice as Fairness: Political not Metaphysical de John Rawls. Leer mis comentarios. Leer en JSTOR. Algunos apuntes sobre la crítica que le hace Cohen a Rawls: verlos. Esbozos de una breve reseña sobre Nozick: leerla. Breve reseña sobre Nozick: leerla. Incompleta reseña sobre Taking Rights Seriously de Ronald Dworkin: leerla. Incompleta reseña sobre Justice and the moral subject de Michael Sandel: leerla.



23. María (1867) de Jorge Isaacs. Interpretación sobre la mirada de María. Proyecto que entregué el jueves 15 de Septiembre de 2011 a la doctora Carolina Alzate: acceder.

24. Carta al Señor Coordinador Académico de la Escuela de Gobierno Alberto Lleras Camargo. Verla.


26. HOMERI OPERA RECOGNOVIT BREVIQUE ADNOTATIONE CRITICA INSTRVXIT DAVID B. MONRO ET THOMAS W. ALLEN TOMVS I ILLIADIS LIBROS I-XII CONTIENS EDITIO TERTIA OXONII E TYPOGRAPHEO CLARENDONIANO. Libro 24 en griego. En griego y en español p. 459. Leer la edición crítica de A. T. Murray (London, 1924). Leer edición crítica de Edward Bull Clapp (Boston, Ginn & Company, 1899); crítica del canto XXIV: verla. Leer edición crítica de Walter Leaf (London, Macmillan and co.): primera edición (1900), segunda edición (1902); crítica del canto XXIV: leerla. Leer edición crítica de Richard Herne Shepherd (London, Chatto & Windus, 1903. Leer edición crítica de John J. Owen (New York, Leavitt & Allen); canto XXIV: leer en griego y leer apuntaciones críticas. Leer edición crítica de C. C. Felton (Boston, Billiard, Gray and Company, Cambridge, 1833); leer notas críticas sobre el Canto XXIV. Leer la edición crítica de Francis W. Newman (London, Trurner & co, 1871); leer traducción al inglés del Canto XXIV y leer las anotaciones críticas del final. Leer una introducción a la Iliada y a la Odisea de R. C. Jebb (Boston, Ginn & Company, 1904). Traducción del Canto XXIV (Trad. Luis Segalá Estalella): verla. Ver mi traducción al español del Canto XXIV. Ver traducción de versos 97-115. Ver en Thesaurus.

27. Ontogeny and Phylogeny de Stephen Jay Gould (Harvard University Press, 1977). The Man of Genius de Cesare Lombroso (The Walter Scott Publishing Co., London, 1917). Crime. Its Causes and Remedies de Cesare Lombroso (William Heinemann, London, 1911). Reseña sobre El argumento de la recapitulación (Ernst Haeckel) y el argumento de la neotenia (Louis Bolk): leer. Reseña que hice como Introducción a la Antropología Criminal de Cesare Lombroso: leer.

28. S. AURELII AUGUSTINI CONFESSIONES POST EDITIONEM PARISIENSEM NOVISSIMAM AD FIDEM CODICUM OXONIENSIUM RECOGNITAE, ET POST EDITIONEM M. DUBOIS EX IPSO AGUSTINO ILLUSTRATAE. OXONII, J. H. OARKER; J. G. ET ,F. RIVINGTON, LONDINI, MDCCCXXXVIII. Ver traducción de M. Du Bois. Ver lib. 10, cap. 16 en la traducción de Du Bois. Las confesiones traducidas del Latín al Castellano por Eugenio de Zeballos (1781). Tomo Primero (descargar). Tomo Segundo (descargar). Lib. 10, cap. 16 corresponde a la página 362 del Tomo Segundo.

29. Studies on fermentation. The diseases of Beer. Their causes, and the means of preventing them de Louis Pasteur (London, Macmillan & cCo, 1879). Louis Pasteur. His life and labours, escrito por su yerno (trad. Lady Claud Hamilton; New York, D. Appleton and Company, 1885). Louis Pasteur de S. J. Holmes (New York, Harcourt, Brace and Company, 1924). Pasteur and after Pasteur de Stephen Paget (London, Adam and Charles Black, 1914). Louis Pasteur de Albert Kleim y Louis Lumet (trad. Frederic Taber Cooper; New York, Frederick A. Stokes Company, 1914). Breve video que explica el experimento de Pasteur, junto con una brevísima anotación que también lo explica: ver. Reseña incompleta sobre la disputa entre Pasteur y Pouchet: leerla.

30. Principia Philosophiae de René Descartes. Oeuvres de Descartes publièes par Charles Adam & Paul Tannery sous les auspices du Ministère de l'Instruction Publique. Principia Philosophiae, VIII. Paris. Léopold Cerf, Imprimeur-editeur. 1905. Acceder. Acceder a la lista de contenidos de una traducción inglesa. Acceder al texto traducido por un inglés (o acceder al index principiorum philosophiae). Acceder: a la primera parte traducida, Of the principles of human knowledge (o a la pars prima. de principiis cognitionis humanae); a la segunda parte traducida. Of the principles of material things (o a la pars secunda. de principiis rerum materialium); a la tercera parte traducida. Of the visible world (o a la pars tertia. de mundo adspectabili); o a la cuarta parte traducida. Of the earth (o a la pars quarta. de terra). Descargar la versión latina en formato PDF o leerla. Ver otra versión inglesa (página 105). Leer mi resumen del capítulo LI. Leer mi resumen del capítulo LII. Leer mi resumen del capítulo LIII. Leer mi resumen de LXIV (incompleto). La crítica heideggeriana a los Principia. Ver o descargar OPVSCVLA OMNIA REVEREN.D.D. THOMAE DE VIO CARDINALIS TITVLI SANCTI SIXTI, In tres distincta Tomos. La doble crítica heideggeriana a los Principia. Parágrafo 20 (Segunda Parte). Heidegger omitió el concepto de prejuicio en Descartes. Descartes según Hans-Georg Gadamer. Lo que está pendiente por hacer: Investigación breve sobre el concepto de infancia en Descartes. El orígen de los prejuicios. Sobre la segunda parte de los principia. El plan. Ensayo definitivo que entregué al profesor Carlos Bernardo Gutiérrez el 30 de octubre de 2011.


32. Government Spending de Gordon Tullock. Vínculo interno. Vínculo externo.



33. 2. Bibliografía no revisada. Texto de Rouse (1913). Los siete libros de Séneca |La Apocolosyntosis en PDF y en español |B. Baldwin. Executions under Claudius: Seneca's "Ludus de Morte Claudii". Phoenix. Vol. 18, No. 1 (Spring, 1964), pp. 39-48 |Ball, A. P. The satire of Seneca or The apotheosis of Claudius commonly called the ἀποκολοκύντωσις. Nueva York: McMillan Company, 1902 |Berthe M. Marti. Seneca's Apocolocyntosis and Octavia: A Diptych. The American Journal of PhilologyVol. 73, No. 1 (1952), pp. 24-36 |Ross Kilpatrick. Apocolocyntosis and the Vision of Claudius. The Classical Journal. Vol. 74, No. 3 (Feb. - Mar., 1979), pp. 193-196 ||| Tácito, Cayo Cornelio, 55-117 [Clasificación Dewey: 937.07 T113 Z215]. Anales del Imperio Romano : desde la muerte de Augusto a la de Neron; traduccion del latin por Carlos Coloma. Edicion: Nueva edicion revisada, modernizada y anotada. Barceona : Iberia, c1960. |Graves, Robert, 1895-1985 [923.137 C51g3]. Claudio, el dios y su esposa Mesalina ; el turbulento reinado de Tiberio Claudio César, emperador de los romanos (nacido en el año 10 a. de J. C., muerto en el año 54), descrito por él mismo ; también su asesinato por la famosa Agripina y su posterior deificación, descrita por otros [traducción de Floreal Mazía]. Buenos Aires : Eds. Siglo Veinte, 1962. |Graves, Robert, 1895-1985 [923.137 C51g5]. Yo Claudio : a partir de la autobiografía de Claudio; traductor Floreal Mazía. 7a. ed. Madrid : Alianza Editorial, 1981. 510 p. |Séneca, Lucio Anneo, 4 a. de J. C [878.5 S35a]. Apocolocíntosis del divino Claudio / Lucius Annaeus Seneca ; introducción, versión y notas de Roberto Heredia Correa. México : Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Filológicas, 1986. lviii, 13 p. ; 22 cm. Cuadernos del Centro de Estudios Clásicos ; 10. Texto en español y latín. |Cordero, I. M. La vida de Lvcio Anneo Seneca, sacada de mvchos avthores muy verdaderamente. Anvers: Casa de Christoforo Plantino, 1555. En PDF. En línea |Diez de Aux y Granada, D. F. A. Seneca y Neron, dirigido a la grandeza del Excelentiſimo ſeñor Conde Duque, debaxo el Patrocinio generoſo del ſeñor don Geronimo Villanueua, Protonctario de Aragon. Madrid: Iuan Sanchez, 1642. En PDF. En línea |Martyr Rizo, I. P. Historia de la vida de Lucio Anneo Seneca Eſpañol. Madrid: Iuan Delgado, M.DC.XXV. En PDF. En línea. |Mexia, Pedro. Historia imperial y cesarea: en la qval en svmma se contienen las vidas y hechos de todos los Ceſares Emperadores de Roma: deſde Iulio Ceſar haſta el Emperador Maximiliano: dirigida al muy alto y muy poderoſo Principe y ſeñor nueſtro don Philippe, Príncipe de Eſpaña y delas dos Sicilias, &c. Basilea: Casa de Ioan Oportino, X. D. XLVII. ([Leer La Vida del Emperador Claudio primero deste nombre, la qual ſe diuide en dos Capitulos: Capitvlo primero de la estranna manera como uino a ſer Emperador Claudio, y delos edificios y obras que hizo, y la guerra de Britania, y otras coſas ſuyas (pp. 58-63); Capitvlo Sevundo delas otras coſas que ſucedieron en la vida de Claudio haſta el fin de ſu Imperio (pp. -69); y los tres capítulos dedicados a Nerón]. Ver en PDF. Ver en línea.

34. Acerca de una columna de Opinión de Juan Manuel Santos. Reflexión I, preliminar. Reflexión II definitiva. Parte 1.

35. Bomba Atómica. Ensayo I. Ensayo II.

domingo, 30 de octubre de 2011

ENSAYO DEFINITIVO. JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Hoy por hoy está vigente el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, según la ley 643 de 2001. [Verhttp://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4168]. Por una parte, este monopolio del Estado está constituido, principalmente, por 12 % de los ingresos brutos de cada juego de lotería (art. 6, ley 634/2001), por 12 % de los ingresos brutos mensuales de los concesionarios del juego de chance (art. 23, ley 634/2001), por 14 % de los ingresos brutos de cada rifa (art. 30, ley 634/2001), por 14 % del valor total de premios de los juegos promocionales (art. 31, ley 634/2001), por aprox. 1/2 SMMLV por cada máquina tragamoneda, aprox. 4 SMMLV por cada mesa de casino y aprox. 1-4 SMDLV por cada salón de bingo, y por 17% de los ingresos brutos de los demás juegos localizados (art. 34, ley 634/2001) y, finalmente, por 2% de los ingresos brutos de las apuestas hípicas (art. 37, ley 634/2001). Eso por el lado de la distribución de los ingresos corrientes de explotación del monopolio.

Por otra parte, adviértase que la mayoría de este ingreso corriente es transferido. Las transferencias de las rentas monopolísticas tienen dos destinos exclusivos. En primer lugar, 7% se destina para financiar proyectos de investigación en salud. Estos recursos se reservan en el Fondo de Investigación en Salud, administrado por el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas Colciencias (art 1., dec. 2878/2001). Es el Consejo del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología de la Salud el encargado de asignar finalmente los recursos transferidos (art 3., dec 2878/2001) [ver Decreto 2878 de 2001:http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4578#0 ; art. 42.]. En segundo lugar, el restante 93% de las rentas (con excepción de las rentas del lotto y de las loterías) es transferido a los municipios, al distrito y al Distrito Capital, según el porcentaje de participación que le corresponda a cada uno (ver Decreto 1659 de 2002 para ver cómo se calcula este porcentaje. El porcentaje de participación del municipio i = Recursos del sistema general de participaciones para salud i / total nacional de recursos distribuidos por concepto del sistema general de participaciones para el sector salud.). Adviértase que las rentas del lotto y de las loterías financian el pasivo pensional territorial del sector de salud: se dirigen al Fonpet semestralmente (art. 3, dec. 1659/2002). El Fonpet cubre las pensiones obligatorias principalmente de los maestros.

Etesa pasará a manos del Ministerio de Hacienda, puesto que en octubre de 2009 el Gobierno Nacional dio orden de liquidar la Empresa Territorial y un año después fue expedido el decreto de su supresión y liquidación (Decreto 175 del 25 de enero de 2010). Esta supresión y liquidación se debió a que, se decía, el dinero recaudado por Etesa era de 207 mil millones al año, pero se estimaba que 200 mil millones de pesos al año era "el monto que la salud está dejando de recibir por cuenta de estas actividades corruptas [dádivas a funcionarios a cambio del no sellamiento de locales ilegales o a cambio de la prórroga de licencias sin requisitos o a cambio de trámites de permisión de funcionamiento con información falsa, etc.]" [Verhttp://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-3691830]. Acosta y Bird decían acerca de las loterías que eran “administradas pobremente”, que no eran “fuentes de ingresos muy productivas”, que por entonces unos “estudios previos encontraron que los impuestos colombianos a las loterías sumaban sólo 13 por ciento de los ingresos brutos, comparados con el 30 por ciento aprox. encontrado en tantos otros países”, que, en fin, “en la práctica, muchas loterías departamentales (...) parecen funcionar más como agencias de empleo que como agencias de ingresos” [página 21. Ver http://rotman.utoronto.ca/iib/ITP0404.pdf]. En síntesis, Etesa fue liquidada debido a los problemas de corrupción, por llamarlos de alguna manera.

¿Y, entonces, qué le espera al monopolio rentístico durante el Gobierno Santos? Recientemente, en octubre de 2011 los periodistas Edwin Bohórquez Aya y Jorge Sáenz Vargas entrevistaron al Ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry. Éste adelantó que "Hacienda a va a recibir dos entidades grandes y difíciles que son Etesa y la DNE". Y agregó: "en Etesa, que son los juegos de suerte y azar, que hoy dan $400 mil millones, me tengo que asegurar que los mejoremos y nos den $2 billones. Esa es mi meta a un par de años. En los demás países dan esos montos, y si aquí no los dan, es porque algo estamos haciendo mal" [Verhttp://www.elespectador.com/impreso/negocios/articulo-307178-etesa-debera-aportar-2-billones-salud]. Vemos, por ende, que uno de los objetivos del Ministerio de Hacienda es maximizar el monto de transferencias del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, exigidas por la ley. Este objetivo de optimización está sujeto a dos restricciones: en primer lugar, la maximización deberá hacerse en un plazo de hasta 2 años como máximo; en segundo lugar, la tasa de crecimiento de las transferencias deberá ser de 500% con respecto al nivel de recursos transferidos actualmente (Esta segunda restricción significa que el Ministerio de Hacienda prevé, por una parte, aumentar la transferencia para el Fondo de Investigación en Salud hasta 350 mil millones de pesos, estando hoy en los 30 mil millones de pesos aprox., y, por otra parte, aumentar la transferencia a los municipios hasta 1860 mil millones de pesos, estando actualmente en 372 mil millones de pesos).

El artículo 313 del Código Penal expedido a comienzos de siglo XXI (Ley 599 de 2000) reglamentó una medida penal en contra de la evasión fiscal. En este contexto, la evasión fiscal implica una reducción del nivel de transferencias que se exigen por ley. La reglamentación dicha del Código Penal castigaba con prisión (de 2 a 6 años) y con una multa (hasta de 50.000 SMLMV) a quien, siendo autorizado para explotar un monopolio rentístico, o bien evadiera entregar total o parcialmente las rentas monopolísticas que legalmente le corresponden a los servicios de educación y salud, o bien no declarara total o parcialmente los ingresos percibidos ante la autoridad competente. [Ver www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6388]. El Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 12 de julio de 2011), por medio de su artículo 21, modificó el artículo susodicho, el 313 del Código Penal. Por una parte, el rango de la pena de prisión paso de 2 a 6 años a ser de 5 a 10 años (el límite inferior de la pena de prisión incrementó en 150%, el límite superior incrementó en 166.66%). Por otra parte, el tope de la multa paso de ser hasta de 50.000 SMLMV a ser hasta de 1.020.000 Unidades de Valor Tributario. Hoy por hoy 1 UVT equivale a $25,132 Pesos Colombianos. Hoy por hoy 1 SMLMV equivale a $ 535.600 Pesos Colombianos. Así que hoy por hoy los 1.020.000 UVT equivalen aproximadamente a 47.861 SMLMV, sólo que ahora éste tope de la multa varia año tras año. [Verhttp://www.anticorrupcion.gov.co/legal/Documents/Estatuto-Anticorrupcion-proyecto-ley174_2010.pdf].

Tal agravamiento de la pena y de la multa, dispuesto en el artículo 21 del Estatuto Anticorrupción, y la creación de “una nueva entidad que administre los juegos de suerte y azar" [ver http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-9018843] defienden, en último término, la eficiente transferencia de los recursos, exigida por ley en relación con la distribución de la renta del monopolio de juegos de suerte y azar. Ahora bien, como la transferencia de esos recursos es una medida de redistribución de la riqueza, se sigue que el artículo 21 del Estatuto Anticorrupción y la creación de una nueva entidad administradora del monopolio son dos instrumentos, el uno penal y el otro administrativo, que defienden la política de redistribución.

En Justice as Fairness: Political not Metaphysical Rawls aseguró que dos eran los principios de justicia; que éstos servían de guía para realizar la libertad y la igualdad; que el segundo de los principios establecía dos condiciones, una de las cuales decía: que las inequidades sociales y económicas deben ser para el mayor beneficio de los menos favorecidos miembros de la sociedad (página 227, al final). A esta condición se le conoce con el nombre de asignación maximin.

Una de las consecuencias directas de la asignación maximin, como lo dijo Cohen [The Pareto Argument for Inequality], es que los más favorecidos miembros de la sociedad son doble y arbitrariamente beneficiados: no sólo porque la lotería natural de la naturaleza les ha dado más dotaciones iniciales que al resto de miembros de la sociedad, sino porque la asignación maximin permite que a los más talentosos se les otorguen incentivos para retribuirles el hecho de que hayan prestado un mínimo de sus servicios o hayan transferido una parte mínima de sus ingresos brutos, beneficiando de este modo a los menos favorecidos miembros de la sociedad. Llamemos a esta consecuencia de la asignación maximin la inequidad maximin de bienes primarios.

Concluyo, por tanto, que la adminsitración actual de Hacienda se propondrá en el corto plazo explotar las rentas del monopolio de juegos de suerte y azar; que el artículo 21 del Estatuto Anticorrupción le ofrece al Estado una medida penal para combatir la sub-optimalidad en la transferencia de las rentas derivadas del monopolio de juegos de suerte y azar; que esta transferencia está conforme con el principio maximin de John Rawls; y que, en último término, el monopolio de juegos de suerte y azar «crea» la iniquidad maximin de bienes primarios que Cohen criticó. Por ende, el ordenamiento jurídico y los objetivos administrativos del monopolio de juegos de suerte y azar se fundan, filosóficamente hablando, sobre la teoría sustancial de justicia de John Rawls, un filósofo político del liberalismo.

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